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Providencias que la citan

Estas providencias invocan a A. 031/02 en su argumentación. · 40 en total.

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A. 291/06Auto2006

Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-583/06. La Solicitud Se Basa En Una Supuesta Violacion Del Debido Proceso Por La Modificacion De La Jurisprudencia Constitucional Sobre Temeridad Y La Violacion De La Jurisprudencia Sobre El Derecho Al Fallo Y A La Tutela Judicial Efectiva En Las Sentencias. Procedencia De La Nulidad Contra Sentencias De La Corte Constitucional Por Cambio De Jurisprudencia. En El Presente Caso No Existe Una Razon Suficiente Para Declarar La Nulidad Solicitada. Negada

A. 256/06Auto2006

Solicitud De Nulidad De La Sentenca T-284/06. Aduce Dos Causales Para Que Se Anule La Sentencia T-284/06: I.) Violación De La Jurisprudencia De La Sala Plena De La Corte Constitucional Elaborada En Torno A La Vía De Hecho Por Defecto Sustantivo. Ii.) Violación Del Debido Proceso – Derecho De Defensa Del Actual Gobernador Del Departamento De Córdoba. Verificacion Del Principio De Oportunidad En El Caso Concreto. Nulidad De Sentencias De La Corte Constitucional. Deber De Argumentación De Las Peticiones De Nulidad. Caracter Excepcional De La Declaratoria De Nulidad De Una Sentencia. Falta De Legitimación Para Interponer Nulidad De Un Sentencia. Denegada.

A. 216/06Auto2006

Solicitud De Nulidad (Parcial) De La Sentencia C-421 De 2006 Aduciendo La Posible Incursion De La Corte En Irregularidades Graves Que Implican Violacion Al Debido Proceso. Oportunidad Y Legitimación. Carácter Excepcional De La Declaratoria De Nulidad En Los Procesos De La Corte Constitucional. La Posibilidad De Declarar La Nulidad De Una Sentencia Se Produce Solamente Como Consecuencia De Una Flagrante Violación Del Debido Proceso Y En El Presente Caso En Ninguna Manera Esa Circunstancia Puede Entenderse Configurada. Negada

A. 198/06Auto2006

Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-057/06 Aduciendo La Vulneracion De Su Derecho A La Igualdad Al Igual Que Quebrantadas Sus Garantias Al Debido Rpoceso Y A La Presuncion De Inocencia, Amparándose En Lo Manifestado Por Los Magistrados Integrantes De La Sala Octava Con Ocasión De La Sentencia Su-1300 De 2001 E Inidcando Que La Sala Se Limita A Transcribir Los Argumentos De Las Instancias Para Justificarlos A Plenitud. Sostiene Que La Sentencia Desconoce La Jurisprudencia Constitucional Vertida En Otras Sentencias En Materia De Combinacion De Procedimentos Y Via De Hecho Judicial. Condiciones Que Le Permiten A La Corte Constitucional Entrar A Considerar Las Argumentaciones Que Sustentan Las Solicitudes De Nulidad Contra Sus Decisiones. Un Escrito De Nulidad No Puede Sustentarse En Que La Sentencia Que Se Controvierte Se Habria Ceñido A Determinar Unicamente El Grado De Aceptabilidad De Las Hipotesis Consideradas Y Resueltas Por Las Autoridades Judiciales Accionadas. No Toda Divergencia En Materia Interpretativa Da Lugar A Anular Las Decisiones Adoptadas Por Las Salas De Revision. Oportunidad Y Legitimidad De La Solicitud. Se Advierte Que Mas Que La Nulidad De La Sentencia Lo Que Se Pretende Es Que La Sala Plena De La Corte Estudie De Fondo La Demanda De Amparo Promovida En Lo Que Tiene Que Ver Con La Vulneracion De Sus Garantias Constitucionales, En Razon Del Tramite Adelantado Para Juzgarlo, La Competencia Territorial, Los Impedimentos No Declarados Y La Asistencia De La Fiscal Delegada Ante La Sala De Casacion Demandada A Su Causa.Rechazada La Solicitud

A. 197/06Auto2006

Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-920/05 Por Considerar Que Esta Decision Vulneraba El Derecho Al Debido Proceso Aduciendo Que El Fallo No Abordo El Problema De Fondo Planteado En La Tutela Y La Incorrecta Aplicacion De La Jurisprudencia Que Se Invoca. Reglas La Procedencia De La Nulidad Contra Sentencias De Revisión. La Declaratoria De Nulidad De Una Sentencia De Revisión Proferida Por La Corte Constitucional Es Una Medida Excepcional Y Extrema A La Cual Sólo Puede Arribarse Cuando En La Decisión Concurran Situaciones Jurídicas Especialísimas Y Excepcionales, Que Evidencien Que Las Reglas Procesales Aplicables A Los Procesos Constitucionales Previstas En Los Decretos 2067 Y 2591 De 1991, Han Sido Quebrantadas Con Notoria Y Flagrante Vulneración Del Debido Proceso. Presupuestos Formales Y Materiales De Procedencia. La Nulidad No Es Un Juicio De Corrección, Sino Un Juicio De Validez De La Sentencia. Ninguno De Los Cuestionamientos Expuestos En La Solicitud De Nulidad Reviste Idoneidad Para Estructurar Una Causal De Violación Del Debido Proceso, Con Capacidad De Invalidación De La Sentencia. Negada

A. 107/06Auto2006

Solicitud De Nulidad De La Sentencia C-734 De 2005 Bajo El Argumento De Que El Gobierno No Se Excedio En El Ejercicio De Las Facultades Extraordianrias Que Le Fueron Otorgadas Por La Ley 100 De 1993. Extemporaneidad Del Incidente De Nulidad. Los Fallos Que La Corte Dicte En Ejercicio Del Control Jurisdiccional Hacen Transito A Cosa Juzgada Constitucional, Obteniendo De Tal Suerte Carácter Definitivo E Inmutable. Rechaza La Solicitud

A. 100/06Auto2006

Solicitudes De Nulidad De La Sentencia T-481/05 Dentro De La Accion De Tutela Presentada Por El Gobernador Del Departamento Del Valle Contra El Tribunal De Arbitramento Que Dirimio Las Controversias Economicas Con Ocasión Del Contrato De Concesion, Y Contra El Consejo De Estado Que Declaro Infundado El Recurso De Anulacion Presentado Por La Gobernacion Contra El Referido Laudo Arbitral. La Solicitud De Nulidad Se Soporta En Que: La Sala Primera De Revision Desconocio La Jurisprudencia Reiterada De La Sala Plena De La Corte Sobre Las Vias De Hecho Que Dan Lugar A La Prosperidad De La Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales; Crea Una Situacion En Que Se Deja Al Particular Sin Derecho A Acceder A La Administracion De Justicia; Representa Un Cambio De La Jurisprudencia Establecida Por La Sala Plena Sobre La Intangibilidad De La Cosa Juzgada Constitucional; Se Violo El Debido Proceso; Desconocio El Principio De Subsidiariedad De La Accion De Tutela; Se Modifico La Jurisprudencia De La Corte Constitucional Sobre Vias De Hecho Establecida Por La Sala Plena; Desconocio La Cosa Juzgada Al Otorgarle Efectos Retroactivos A Una Sentencia Que No Lo Establecia. Competencia De La Sala Plena Para Resolver Las Solicitudes De Nulidad De Las Sentencias De Tutela Proferidas Por Las Salas De Revision De Esta Corporacion. Las Causales De Nulidad Analizadas - (I) Cambio De Jurisprudencia Sobre La Doctrina De La Vía De Hecho En Que Llegaren A Incurrir Las Providencias Judiciales, Efectuado Por Una Sala De Revisión Y No Por La Sala Plena Y (Ii) Desconocimiento Del Derecho Fundamental Al Debido Proceso De Una De Las Partes, Específicamente El Derecho A Acceder A La Administración De Justicia- Son Fundadas, Lo Cual Debe Conducir A Que La Sentencia T-481 De 2005 Sea Declarada Nula Por La Sala Plena De La Corte Constitucional, Haciendo Innecesario Continuar Con El Análisis De Las Demás Causales De Nulidad Alegadas. Declara La Nulidad De La Sentencia T-481/05

T-481/05Tutela2005

C-710/05Constitucionalidad2005

Consejo Nacional De Seguridad Social En Salud. Competencia En Definición Del Régimen De Pagos Compartidos

A. 117/05Auto2005

Incidente De Nulidad De La Sentencia T-805/04. Rechaza Por Extemporánea La Solicitud De Nulidad De La Sentencia Mencionada.

A. 139/04Auto2004

Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-1189 De 2003.

A. 096/04Auto2004

Nulidad Sentencia T-535/03. Negada

A. 013/04Auto2004

Adicion Sentencia Su.1070/03. Negada

A. 203/03Auto2003

Conflicto De Competencia.

A. 127A/03Auto2003

Nulidad Sentencia T-076/03